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Dirección y Unidades asesoras

El Director  del Complejo Hospitalario  San José de Maipo  es el Superior del Servicio Público y corresponde al segundo nivel jerárquico del Servicio de Salud para los efectos del artículo Trigésimo séptimo de la Ley Nº 19.882. Tiene a su cargo la administración superior y control del  Complejo y en él se radican las funciones de dirección, organización y administración del Establecimiento y en especial las atribuciones a que se refieren los artículos 35 y 36 del DFL Nº 1 de 2005 de MINSAL.

A la Dirección del Establecimiento le corresponderá programar, dirigir, coordinar, supervisar, controlar y evaluar todas las actividades del Hospital para que ellas se desarrollen de modo regular y eficiente, para lo cual, sin perjuicio de las facultades que el Director de Servicio le delegue, tendrá las siguientes atribuciones[1]:

–          Diseñar y elaborar un plan de desarrollo del Establecimiento.

–          Elaborar y aprobar el plan anual y los programas de actividades del Hospital y coordinar, controlar y evaluar su ejecución cuando corresponda.

–          Presentar anualmente al director del Servicio el proyecto de presupuesto del Hospital y ejecutarlo una vez aprobado, de acuerdo a las normas vigentes sobre la materia.

–          Estudiar y presentar al Director del Servicio, iniciativas y proyectos con sus respectivos análisis y antecedentes, que tiendan a ampliar o mejorar las acciones de salud, indicando sus fuentes de financiamiento.

–          Organizar la estructura interna del Hospital y asignar los cometidos y tareas a sus dependencias, de acuerdo a las normas e instrucciones impartidas sobre la materia por el Ministerio de Salud y el director del Servicio.

–          Dictar las normas y manuales de funcionamiento de las dependencias del Hospital.

–          Dirigir la ejecución de los programas y acciones de salud y coordinar, asesorar, inspeccionar y controlar todas las dependencias del establecimiento.

–          Constituir unidades asesoras tales como, consejos técnicos, consejos o comités de calidad, de ética médica, de docencia e investigación, de abastecimiento, farmacia, infecciones intra hospitalarias u otros.

–          Organizar internamente el Establecimiento y asignar las tareas correspondientes, conforme al presente Libro, el Código Sanitario y las demás normativas vigentes.

–          Celebrar, con la aprobación del director del Servicio, convenios con profesionales de la salud que sean funcionarios del Sistema Nacional de Servicios de Salud y que cumplan jornadas de a lo menos 22 horas semanales, cuando tengan por objeto atender a sus pacientes particulares en el establecimiento.

–          Ejecutar acciones de salud pública, de acuerdo a las normas legales y reglamentarias vigentes, según las indicaciones del Director de Servicio.

–          Proponer al director del Servicio un arancel para la atención de personas no beneficiarias de la ley N° 18.469.

–          Autorizar los protocolos de investigación científica biomédica en seres humanos que se desarrollen al interior del establecimiento, siempre que hayan sido informados favorablemente en forma previa por el Comité Ético Científico correspondiente, de acuerdo a las normas legales, reglamentarias y técnicas vigentes.

–          En materias de personal el director podrá; designar suplentes, contratar personal, siempre que no implique aumento de la dotación del Establecimiento. Aceptar renuncias voluntarias, designar funcionarios en comisiones de servicios y cometidos funcionales, destinar funcionarios dentro del mismo Establecimiento o a otros dependientes del Servicio. Autorizar, conceder o reconocer feriados, permisos con o sin goce de remuneraciones dentro del país, licencias por enfermedad, reposos preventivos o maternales y reconocer, prorrogar y poner término a asignaciones familiares y prenatales. Ordenar la instrucción de investigaciones sumarias y sumarios administrativos, aplicar medidas disciplinarias, inclusive la suspensión de funciones, absolver, sobreseer y resolver sobre todas las materias relacionadas con esos procedimientos, declarar accidentes en actos de servicio

–          Desempeñar las demás funciones y atribuciones específicas que les delegue o encomiende el director del Servicio y el reglamento.

Unidades Asesoras

Secretaría[2]

La Secretaría dependerá del director del establecimiento en donde apoyara administrativamente, contribuyendo así al correcto desarrollo de las labores de esta, tales como:

–          La recepción, distribución, archivo y despacho de la correspondencia oficial y reservada de la Dirección.

–          Prestará apoyo administrativo inmediato cuando se requiera.

–          Actuar como Oficina de Partes del establecimiento.

–          Desempeñará las demás funciones y tareas que se le encomienden.

Oficina de Partes

Dada su naturaleza, depende directamente de la Secretaría de Dirección. Manteniendo el flujo, control, archivo y conservación de toda la documentación que ingresa y egresa del Complejo Hospitalario San José de Maipo, proporcionando de forma rápida y expedita la información que se requiere para el accionar institucional.

–          Se encarga del trámite de ingresos, clasificación y distribución de la correspondencia oficial.

–          Se encarga de la elaboración y mantención de registros clasificados de la documentación interna de la institución.

–          Es responsable de la mantención de archivos actualizados de la documentación recibida y despachada por la institución.

–          Es responsable del manejo y conservación del archivo central de la documentación oficial, de acuerdo a técnicas de conservación y clasificación existentes

Unidad de Calidad y Seguridad del Paciente

Promueve el desarrollo, fortaleciendo y ejecutando los criterios de la mejora continua de la calidad en la Gestión en Salud, asumiendo un compromiso ineludible con el mejoramiento continuo y eficaz de la calidad, orientada al usuario, con un enfoque en la seguridad de la atención y al cumplimiento de las normativas legales sociales vigentes aplicables a nuestras actividades. Contribuyendo a un cambio cultural, fomentando la participación, compromiso y motivación de todos los funcionarios.

–          Generar, dirigir, apoyar, coordinar y controlar el proceso de implementación y mantenimiento del programa de calidad institucional, con los cronogramas correspondientes, ejecutar y evaluar, realizando en primera instancia un diagnóstico de la situación local y finalmente un análisis de resultados.

–          Establecer líneas de acción con objetivos específicos, metas e indicadores para cada uno de los objetivos específicos.

–          Mantener informada a Dirección institucional respecto al desempeño de los procesos de implementación, certificación y acreditación bajo las normas de calidad.

–          Coordinar y asesorar técnicamente la gestión del comité de Promoción en Calidad.

–          Regirse por las directrices ministeriales y del servicio de salud Metropolitano Sur Oriente y de la Dirección del Complejo Hospitalario San José de Maipo.

–          Coordinación de las actividades de Autorizaciones Sanitarias junto con el proceso de Acreditación de prestadores institucionales de atención cerrada y de atención abierta cuando corresponda.

–          Revisión de los documentos elaborados por las unidades, otorgando la codificación correspondiente, incluirlos al listado central de documentos y subirlos a la página Web para la visibilidad institucional y al SIS-Q

Unidad de Auditoria Interna [3]

Desarrollar auditorias de manera exclusiva y excluyente con el objetivo de asesorar al Director del Hospital, a través de la fiscalización, evaluación, control y demás cometidos de la misma naturaleza, en los ámbitos administrativos, financiero-contable asistencial de gestión de acuerdo a las necesidades o requerimientos en los requerimientos del Complejo Hospitalario San José de Maipo, así como de niveles superiores, mediante una estrategia preventiva, proporcionando información relevante para contribuir al logro de los objetivos institucionales, sectoriales y gubernamentales.

–          Evaluar en forma permanente los sistemas de control interno del complejo hospitalario San José de Maipo y efectuar las recomendaciones para su mejoramiento

–          Evaluar el grado de economía, eficiencia y eficacia con que se utilizan los recursos humanos, financieros y materiales, en el diseño, implementación y ejecución de los programas y actividades del CHSJM

–          Evaluar permanente el cumplimiento de los requisitos establecidos para la acreditación ante la autoridad sanitaria correspondiente, definidos por el instrumento PECAH.

–          Verificar que la información proporcionada por el sistema informático implementado o que se implemente en el CHSJM, se encuentre actualizada, sea relevante, veraz y oportuna.

–          Promover la adopción de mecanismos de autocontrol en las unidades operativas de la organización.

–          Verificar la regularidad y corrección de las operaciones y procedimientos relativos al ingreso, administración e inversión de los recursos financieros y patrimoniales del CHSJM, y la sujeción a lo dispuesto en la ley de administración financiera del estado y demás normativas vigentes, relativas a estas materias, resguardando los intereses ministeriales y sectoriales.

–          Asegurar que las políticas y actividades de Auditoria interna del CHSJM, sean coherentes con las orientaciones emanadas de la autoridad presidencial, ministerial de la red asistencial a la cual pertenece, así como en la contraloría general de la república, del  consejo de auditoria interna general de gobierno y en general respecto de la acción de otros organismos del estado.

–          Efectuar seguimientos periódicos de las recomendaciones y observaciones realizadas por la unidad de auditoria interna del hospital, como también de las auditorias que se llevan a cabo por el departamento de auditoria del SSMSO. Del ministerio de salud, de la contraloría general de la república y de otros organismos del estado.

–          Efectuar seguimientos periódicos de las metas anuales definidas en el plan estratégico.

–          Realizar los cometidos, que le asigne el director del hospital y la no realización de funciones en línea.

Unidad de Control de Gestión y Desarrollo

Optimiza la gestión del establecimiento proponiendo mejoras en materia de formulación de instrumentos de evaluación y compromisos de gestión, planificación, realización de estudios y elaboración de proyectos, siendo el encargado de las siguientes Unidades GES, Informática, Estadística, Rad, Archivo de Ficha:

–          Realizar procesos de análisis y evaluación de los sistemas asistenciales y de gestión del CHSJM, con el objeto de contribuir a la eficacia y eficiencia de las operaciones que se realicen.

–          Proponer, desarrollar, asesorar y coordinar a los integrantes del CHSJM en sistemas de evaluación y control.

–          En el aspecto de gestión asistencial, monitorear y evaluar el cumplimiento de la implementación de los planes, programas y metas de salud convenidos o aprobados por el SSMSO.

–          En el aspecto de gestión administrativa, establecer y desarrollar sistemas de control, para el fiel y oportuno cumplimiento de las disposiciones relacionadas con el funcionamiento del CHSJM, con las obligaciones y derechos de los funcionarios y con los demás asuntos de aplicación común en la Administración, sin perjuicio de las funciones desarrolladas por Auditoría del CHSJ, de acuerdo a la ley y normativa vigente.

–          Elaborar estudios que contribuyan a los procesos de mejora continua y el cumplimiento de los planes y metas definidas para el establecimiento.

–          Asesorar en la definición e implementación de los procesos de generación de la información, procurando la máxima eficacia, eficiencia, oportunidad y periodicidad de la producción de información institucional.

–          Asesorar en implementar sistemas automatizados de información de acuerdo a instrucciones impartidas desde la Dirección del establecimiento, del SSMSO y/o del Ministerio de Salud.

Considera en su estructura las unidades de GES, Relación Asistencial Docente (RAD).

Garantías Explicitas en SALUD (GES)

Constituyen un conjunto de beneficios garantizados por ley para las personas afiliadas a Fonasa y las Isapres.

–           Acceso da el derecho por ley de la prestación de salud.

–          Oportunidad tiempos máximo de espera para el otorgamiento de las prestaciones

–          Protección financiera donde la persona beneficiaria cancelará un porcentaje de la afiliación.

–          Calidad da el otorgamiento de las prestaciones por un prestador acreditado o certificado.

Relación Asistencial Docente (RAD)

Establecer el vínculo estratégico y de largo plazo que une el sector público de salud con instituciones de educación superior tras el objetivo de formar y disponer de profesionales y técnicos competentes para satisfacer las necesidades de salud de la población, generando un beneficio sobre la calidad que reciben los usuarios del sistema nacional de salud. (Resolución Exenta N° 254 del 09.07.2012).

–          Tutelar los convenios asistenciales docentes y su cumplimiento por parte de los centros formadores, la distribución de cupos según normativa vigente y/o criterios emanados de la Dirección.

–          Determinar y actualizar la capacidad formadora del establecimiento.

–          Fiscalizar la ocupación de la capacidad formadora del establecimiento.

–          Hacer cumplir las retribuciones a las cuales los distintos centros formadores se comprometieron con el complejo.

–          Mediar ante toda controversia que pudiese existir entre los centros formadores presentes en el complejo, sus estudiantes y académicos.

–          Elaborar instancias de coordinación orientadas al desarrollo de la relación asistencial-docente.

–          Velar porque los centros formadores certifiquen la participación de los funcionarios del hospital en la docencia clínica.

–          Gestionar oportunidades de capacitación para los funcionarios del hospital en virtud de la colaboración mutua.

–          Promover el desarrollo de la investigación al interior del Complejo Hospitalario San José de Maipo.

–          Y aquellas que le encomiende el Director del establecimiento en el ámbito de sus competencias.

Unidad de Comunicaciones y Relaciones Públicas

Mantener contacto con los usuarios tanto internos como externos del CHSJM, generar y recoger información desde y hacia la comunidad en temas relacionados con la gestión de salud, planes, programas, promoción, satisfacción usuaria y participación.

–       Asesorar a la Dirección del CHSJM en todas aquellas actividades que requieran acciones comunicacionales o de intervención pública.

–       Desarrollar las tareas administrativas que deriven de la planificación e implementación de acciones, tanto, en el área de las Relaciones Publicas como en la gestión de aspectos Comunicacionales.

–       Mejorar y fortalecer la Imagen Corporativa del CHSJM comprometiendo activamente a todos los directivos y jefes de servicios en las actividades y políticas de la Institución.

Comunicación Externa:

–       Mantener contacto permanente con los medios de prensa locales, regionales, nacionales.

–       Cumplir la función de mediador entre la Dirección del Hospital y los medios de comunicación en temas de contingencia de acuerdo a las instrucciones generadas por la Dirección.

–       Preparar material temático especial a colocar en los medios, de acuerdo a necesidades comunicacionales destinados a obtener notas especiales en medios escritos, radiales y televisivos en temas relevantes para la Institución.

–       Coordinar con los medios de prensa entrevistas y programas radiales.

–       Apoyar la generación de notas, artículos y otros relacionados con medios de prensa y que son del ámbito de nuestro hospital.

–       Establecer un canal comunicacional de respuesta pública expedita y formal para enfrentar las coyunturas de críticas, denuncias o situaciones políticas y judiciales inesperadas de la institución.

–       Colaborar con las Tecnologías de la Información en la creación de una página Web para el hospital y mantenerla actualizada.

Comunicaciones Internas

–       Colaborar con la Tecnologías de la Información en la creación de una intranet para el hospital y mantenerla actualizada.

–       Elaborar y enviar material para ser publicado en el Boletín Institucional.

–       Diseñar y publicar el boletín Institucional

–       Actualizar permanentemente la información publicada en los diarios murales dirigidos a los funcionarios y usuarios.

–       Enviar saludo institucional a estamentos y/o gremios con motivo de su aniversario, cumpleaños o actividad relevante.

–       Publicar mensualmente en Boletín Institucional los cumpleaños de los funcionarios del Hospital y condolencias a nuestros funcionarios.

–       Mantener informados a los funcionarios del CHSJM de todos los aspectos normativos, asuntos administrativos y clínicos, generados por las distintas unidades.

–       Contribuir al mejoramiento de la comunicación al interior de la Institución mediante la optimización de los canales informativos existentes y la generación de información de calidad de manera oportuna.

–       Apoyar comunicacionalmente las actividades sociales, deportivas, culturales de los funcionarios y, en general toda acción que impulse la participación de quienes trabajan en el CHSJM.

–       Capacitar a los usuarios internos en el ámbito de la ley de Derechos y Deberes en el establecimiento, velando por su correcto cumplimiento.

–       Elaborar comunicados masivos a través de correo electrónico o redes sociales para informar tanto a la comunidad hospitalaria como externa.

Unidad de Gestión de Usuarios

Diseñar e Implementar procesos vinculados a la gestión de usuarios/as en conformidad con la normativa, orientaciones técnicas, necesidades locales emergentes y recursos disponibles, orientados a generar una atención equitativa, inclusiva, de calidad y confiable, en un ambiente amable hacia los usuarios, usuarias y sus familias, en esta unidad se enmarcan las siguientes sub-áreas: OIRS y Satisfacción Usuaria, Participación Social, Servicio Social.

–             Asesorar y colaborar técnicamente al equipo directivo, jefatura de centro de responsabilidad y jefatura intermedia respecto a la aplicación de leyes, orientaciones técnicas, estrategias de manejo y mejora de la experiencia Usuaria en el proceso de atención de salud.

–             Diseñar, implementar y evaluar estrategias institucionales orientadas a la percepción de la experiencia usuaria, vinculadas a mejorar la calidad del servicio.

–             Diseñar, implementar y evaluar estrategias en relación a la atención integral de usuarios, Acceso a la información Pública, Participación Social, e Inclusión y no discriminación en la atención de salud.

–             Diseñar, Implementar y evaluar estrategias de trabajo con la red intersectorial.

–             Planificar y evaluar implementación de normativa vigente en relación a la atención integral de usuarios.

–             Planificar y evaluar la implementación de orientaciones técnicas otorgadas por MINSAL o SSMSO.

–             Efectuar estudios y análisis de la información recogida durante la implementación de estas estrategias, generando informes que contribuyan a la toma de decisiones y gestión institucional.

–             Difundir a todo el personal las políticas, normas e instrucciones impartidas en las distintas materias de gestión de usuarios.

–             Supervisar y evaluar la gestión de las líneas de trabajo que componen la unidad.

–             Otras actividades encomendadas por su jefatura.

[1] DFL N°1 04/2006 Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Decreto Ley N°2.763, de 1979 y de las Leyes N°18.933 y N°18.469.
[2] Decreto N°42 12/1986 Aprueba Reglamento Orgánico de los Servicios de salud, deroga el Decreto N° 281 07/1980. Art. 86. Ministerio de Salud.
[3] CONSIDERANDO: la Resolución Exenta N° 001508 del 13 de julio del año 2017 que crea la Unidad de Auditoria Interna a contar del 1° de julio del año 2017; la Resolución Exenta N° 003074 del 17 de noviembre del año 2017 que establece a contar del 13 de noviembre del año 2017 la modificación del organigrama según resolución N° 339 del año 2017 dejándose establecida la dependencia de Gestión de Camas de Responsabilidad de la Coordinación de Enfermería del Centro de Responsabilidad de Atención Cerrada; la Resolución Exenta N° 000115 del 17 de enero del año 2018 que crea la Unidad de Gestión de Usuaria a contar del 15 de enero del año 2018